Glosario Aduanero

ACTIVOS LOGÍSTICOS: Se denomina así a las fábricas, campos de cultivo, centros mineros, puertos, aeropuertos, carreteras, vías férreas, almacenes, parques logísticos, zonas económicas especiales, etc.

 

AFORO: Facultad de la autoridad aduanera de verificar la naturaleza, origen, estado, cantidad, calidad, valor, peso, medida, y clasificación arancelaria de las mercancías, para la correcta determinación de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables así como los recargos de corresponder, mediante el reconocimiento físico y/o la revisión documentaria.

 

AGENTE DE ADUANA: Es aquella persona natural o jurídica autorizada por la Administración Aduanera para prestar servicios a terceros, en toda clase de trámites aduaneros, en las condiciones y con los requisitos que establezcan la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

 

AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL: Es el que realiza y recibe, embarques, consolida y desconsolida mercancías y emite los documentos propios de su actividad, que cuenta con la autorización de la entidad pública correspondiente.

 

AGENTES GENERALES: Son personas jurídicas constituidas en el país con arreglo a ley, que actúan en el Perú por cuenta de un Principal (Propietario, armador, fletador u operador de una nave o empresa naviera extranjera que actúa en el país), que se encuentran vinculadas a éste por un contrato de comisión mercantil y por ello contratan los cargamentos que su Principal requiere transportar al puerto o puertos de destino asimismo están facultados para designar a las agencias marítimas y/o empresas de estiba en los puertos nacionales donde arriben las naves de su Principal

 

AGENTES MARÍTIMOS o Agencias Portuarias: Son personas jurídicas constituidas en el país conforme a ley, por cuenta o delegación del capitán, propietario, armador, fletador u operador de nave mercante o Agencia General, que realizan las operaciones de recepción, despacho y avituallamiento de naves mercantes y de pasajeros; trámites para el movimiento de carga, pasajeros y tripulación, en general, atender a las naves en todos sus requerimientos desde su recepción hasta el zarpe de las mismas, en cada puerto, asimismo cumplen con operaciones portuarias conexas a las anteriormente señaladas, emitir, firmar y cancelar, por cuenta y en nombre de sus principales, los conocimientos de embarque y demás documentos pertinentes

 

ALMACÉN ADUANERO: Es el que presta el servicio de almacenamiento temporal de mercancías para su despacho aduanero, entendiéndose como tales a los depósitos temporales y depósitos aduaneros.

 

“ALL IN”: Denominación que recibe el flete marítimo cuando no incluye por separado recargos (Por combustible, por ajuste monetario, THC, emisión del B/L, renvío de contenedor vacío, etc.)

 

ARMADOR: Es el naviero o empresa naviera que se encarga de equipar, avituallar, aprovisionar, dotar de tripulación y mantener en estado de navegabilidad una embarcación de su propiedad o bajo su posesión, con objeto de asumir su explotación y operación

 

“BOOKING NOTE”: Compromiso de reserva de espacio a bordo del buque que emite el porteador con instrucciones respecto al lugar y fecha de recojo o reentrega de, el (los) contenedor(es) asignados y detalles del transporte contratado

 

CADENA DE FRÍO: Cadena de suministro con temperatura controlada

 

CONSIGNANTE: La persona natural o jurídica que envía mercancías a un consignatario en el país o hacia el exterior

 

CONSIGNATARIO: Persona natural o jurídica a cuyo nombre se encuentra manifestada la mercancía o que la adquiere por endoso del documento de transporte.

 

CONSOLIDACIÓN: Es la agrupación de cargas de diferentes expedidores que, normalmente, son llevadas para distintos consignatarios, que tienen un destino común o que siguen un mismo itinerario, aprovechándose así, rutas y frecuencias previamente establecidas por los transportistas.

 

CONTENEDORES INTELIGENTES: Son aquellos contenedores que en base a tecnología RFID automatizan procesos que permiten la captura de información de su ubicación física (Georeferenciada) y su estatus

 

CARGA CONSOLIDADA: Agrupamiento de mercancías pertenecientes a uno o a varios consignatarios, reunidas para ser transportadas de un puerto, aeropuerto o terminal terrestre con destino a otro puerto, aeropuerto o terminal terrestre, en contenedores o similares, siempre y cuando se encuentren amparadas por un mismo documento de transporte.

 

DEPÓSITO ADUANERO: Local donde se ingresan y almacenan mercancías solicitadas al régimen de depósito aduanero. Pueden ser privados o públicos.

 

DEPÓSITO TEMPORAL: Local donde se ingresan y almacenan temporalmente mercancías pendientes de la autorización de levante por la autoridad aduanera.

 

DESCONSOLIDACIÓN: Proceso inverso a la consolidación, que consiste en el vaciado de un contenedor con mercancía destinada, normalmente, a varios consignatarios.

 

DESPACHO ADUANERO: Cumplimiento del conjunto de formalidades aduaneras necesarias para que las mercancías sean sometidas a un régimen aduanero

 

DESPACHADOR DE ADUANA: Es el que presta el servicio de gestión del despacho aduanero y puede ser:

  1. El dueño, consignatario o consignante;
  2. El despachador oficial;
  3. El agente de aduana.

 

EDI (Electronic Data Interchange) consiste en enviar mensajes comerciales estandarizados (Órdenes de compra y facturas) de manera instantánea, actualmente muy utilizados por la banca, puertos, aeropuertos, transportistas, compañías de seguros y facturadores comerciales.

Los Incoterms versión 2010 en sus acápites B1 aceptan, los procedimientos electrónicos como equivalentes de documentos físicos.

 

ENTREGA: Este concepto tiene significados múltiples en el derecho mercantil y en la práctica, pero en las reglas Incoterms se utiliza para indicar dónde el riesgo de pérdida o daños causados a la mercancía se transmite de la empresa vendedora a la compradora. La entrega puede realizarse de manera directa o indirecta

 

EMBALAJE: Este término se emplea con diversos propósitos, a saber:

  1. Material de la mercadería para cumplir con los requisitos de contrato de C/V
  2. Material de la mercancía para que esté en condiciones de ser transportada
  3. La estiba de la mercancía embalada en un contenedor u otros medios de transporte

En las reglas Incoterms ® 2010, embalaje significa tanto la primera como la segunda acepción, sin embargo dichas reglas no se ocupan de las obligaciones de las partes en cuanto a la estiba en contenedores y; por lo tanto, cuando sea pertinente, las partes deben ocuparse de ello en el contrato de C/V.

 

EMBALAJE INTELIGENTE: Recipiente o sistema capaz de monitorizar y comunicar la trayectoria de la carga en tiempo real

 

EMPRESA DE SERVICIO DE ENTREGA RÁPIDA: Es la que presta el servicio internacional de los envíos de entrega rápida, cuenta con autorización de la entidad pública correspondiente

 

EMPRESA DEL SERVICIO POSTAL: Es la que presta el servicio postal internacional y que cuenta con autorización conforme a la legislación vigente

 

ENTREGA RÁPIDA: Definida como aquel envío que requiere traslado urgente y de disposición inmediata, el mismo que es ejecutado por empresas de mensajería (Courier) y puede tratarse de documentos, materiales impresos, paquetes u otras mercancías, todo al amparo de una “Guía de envío de entrega rápida”

 

ESLINGA: Cuerda trenzada provista de ganchos para levantar grandes pesos

 

ESTIBA: Acomodo o adecuada colocación y distribución de los bienes para que ocupen el menor espacio posible, en un lugar determinado

 

ETIQUETAS RFID: Son marcas tecnológicas que identifican los productos vía radiofrecuencias, se trata de un sistema remoto de almacenamiento y recuperación de datos lo que permite obtener información sobre la procedencia de los bienes y de su trayectoria a lo largo de toda la cadena de suministro, optimizando así también la gestión de inventarios

 

FCL (Full Container Load): Es aquel tipo de despacho donde se toma un contenedor vacío desde la zona donde normalmente se encuentra almacenado éste y se remite al local del exportador, para que lo llene completamente con su carga.

 

“GATE IN”: Re-entrega de un contenedor vacío por el usuario en el lugar designado por el porteado, que incluye su manipuleo desde el vehículo de carga y su eventual apilamiento

 

“GATE OUT”: Entrega de un contenedor vacío al usuario en el lugar designado por el porteador, que incluye su manipulación desde el lugar de apilamiento y su puesta sobre el vehículo de carga

 

GESTIÓN DE INVENTARIOS: Es la administración de la entrada y salida de los stocks.

 

LCL (Less than Container Load): Es aquel tipo de despacho en el cual el exportador entrega la carga para que sea agrupada con otros despachos, hasta llenar un contenedor. Esto es, que se trata de un contendor consolidado con carga de varios usuarios

 

“LINER TERMS” (LT): Condiciones usuales del transporte en servicio regular o de línea, que significa que se incluye el transporte marítimo y el costo de la carga, estiba, desestiba y descarga en los puertos de embarque y desembarque respectivamente según costumbre de esos puertos

 

LOGÍSTICA INVERSA: Es la disciplina que se ocupa de gestionar y optimizar los flujos provenientes del consumidor en dirección al fabricante, esta actividad comprende: El retorno de la mercadería (No vendidos, recojo no conformes o vencidos) servicio post venta (Prototipos, reparación, cambios, piezas de recambio), el reciclaje y la destrucción.

 

MAQUILA: Tipo de actividad que se caracteriza por emplear insumos y tecnología en gran parte importados de un país determinado, utilizando mano de obra local, y destinando la producción a la exportación hacia el país de donde se obtienen los insumos o hacia el país ordenado por éste.

 

MERCANCÍA: Bien susceptible de ser clasificado en la nomenclatura arancelaria y que puede ser objeto de regímenes aduaneros.

 

OPERADOR DE COMERCIO EXTERIOR: Es aquella persona natural o jurídica autorizada por la Administración Aduanera y puede ser el despachador de aduana, el transportista o su representante en el país, el operador de transporte multimodal internacional, el agente de carga internacional, almacén aduanero, empresa de servicio postal, empresa de servicio de entrega rápida, el almacén libre (Duty Free), el beneficiario de material para uso aeronáutico, asociación garantizadora y asociación expedidora

 

OPERADOR DE TRANSPORTE MULTIMODAL INTERNACIONAL: Es el que por sí o por medio de otro que actúe en su nombre, celebra un contrato de transporte multimodal en virtud del cual expide un único documento de transporte multimodal, asumiendo la responsabilidad de su cumplimiento. El operador de transporte multimodal actúa como principal, no como agente o por cuenta del expedidor o de los porteadores que participan en las operaciones de transporte multimodal, y cuenta con la autorización de la entidad pública correspondiente

 

OPERADORES LOGÍSTICOS (Third Party Logistic-3PL): Son aquellas organizaciones independientes dedicadas a proveer servicios a sus clientes tales como: Recojo, empaque, embalaje, maquilas, consolidación, desconsolidación / Almacenaje / Transporte, distribución, carga internacional, etc., empleando activos y recursos propios o no.

 

PORTEADOR: Es aquella parte con quien se contrata el transporte

 

“PRE STACKING”: Lugar de tránsito de la carga en el muelle. Denominado también zona de “Pre apilamiento”

 

PUERTO: Es el conjunto de elementos físicos que incluyen obras, canales de acceso, instalaciones de servicios que permiten aprovechar un área frente a la costa en condiciones favorables para realizar operaciones de carga y descarga de toda clase de naves, intercambio de mercancías entre tráfico terrestre, marítimo y fluvial.

 

SERVICIO POSTAL: Conjunto de actividades que comprende la admisión, clasificación, despacho, transporte y entrega de envíos de documentos escritos, cartas, tarjetas, diarios, periódicos, revistas, impresos, cecogramas, pequeños paquetes, encomiendas; así como el envío de documentos valorados como remesas o giros y otros calificados como postales por las normas pertinentes

 

SPREADER: Sistema de elevadores con que se manipulan los contenedores en la terminales y que consisten en marcos o bastidores telescópicos que se ajustan a la longitud del contenedor (20´ o 40´) acoplándose y sujetando las cuatro esquinas superiores del contenedor

 

STACKER: Grúa móvil autopropulsada que se emplea para desplazar y apilar contenedores al interior de las terminales o puertos, estos vehículos son capaces de transportar rápidamente y en cortas distancias a los contenedores

 

SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommmunications) sistema de transferencia electrónica de fondos de la red bancaria internacional

 

TERMINAL: Concepto amplio y diverso que comprende depósitos o almacenes en fronteras, zonas francas, zonas primarias, aeropuertos, puertos, estaciones de ferrocarril, este concepto también comprende aquel lugar cubierto o no, como un muelle, patio de contenedores o carretera, ferrocarril o espacio con carga aérea.

 

“TERMINAL HANDLING CHARGE” (THC): Recargo al flete marítimo básico por gastos en terminal de puerto aplicable a la carga

 

TRACCIÓN: Se denomina así, al transporte terrestre del contenedor lleno, desde el terminal de almacenamiento extra portuario al terminal portuario, en el caso de carga de exportación; y viceversa en el caso de carga de importación

 

TRAMITES ADUANEROS: Son los requisitos que hay que satisfacer para cumplir cualquier regulación aduanera aplicable y pueden incluir obligaciones documentarias, de seguridad, de información o de inspección física

 

TRANSFERENCIA: Servicio que consiste en el traslado del contenedor desde áreas de almacenamiento del terminal portuario hasta el costado del buque o lugar de tránsito en el muelle (Zona pre stacking), en el caso de carga de exportación; y viceversa en el caso de carga de importación. Se puede tratar del traslado de contenedores llenos o vacíos

 

TRANSPORTE MULTIMODAL INTERNACIONAL: Es el porte de mercancías utilizando por lo menos dos modos diferentes de transporte, en virtud de un único documento de transporte multimodal, desde un lugar situado en el país en que el operador de transporte multimodal toma las mercancías bajo su custodia y responsabilidad hasta otro lugar designado para su entrega, en el que cruza por lo menos una frontera

 

TRANSPORTISTA O SU REPRESENTANTE EN EL PAÍS: Es el que presta el servicio de traslado internacional de pasajeros y mercancías, o que tiene el mando del transporte o la responsabilidad de éste, y que cuenta con autorización de la entidad pública correspondiente

 

TRAZABILIDAD: Es el conjunto de procedimientos preestablecidos y autosuficientes que permiten conocer el histórico, la ubicación y la trayectoria de un producto o lote de productos, a lo largo de la cadena de suministros, en un momento dado, empleando para tal efecto un sistema de identificación y de captura de datos, así como un software para la gestión de dichos datos.

 

TRINCAR: Inmovilizar sujetar o asegurar, fuertemente, con cuerdas la carga

 

TRIMAR: Es el aplanamiento de conos o picos que se forman cuando el granel es arrojado al interior del buque completando los espacios altos de las bodegas (ángulo de reposo).

Esta tarea era efectuada originalmente por medio de paleo y requería gran cantidad de mano de obra. Para excluirla de la cotización del flete, se aclara en la modalidad de contratación

 

ZONA FRANCA: Parte del territorio nacional debidamente delimitada, en la que las mercancías en ella introducidas se consideran como si no estuviesen dentro del territorio aduanero, para la aplicación de los derechos arancelarios, impuestos a la importación para el consumo y recargos a que hubiere lugar.

 

ZONA PRIMARIA: Parte del territorio aduanero que comprende los puertos, aeropuertos, terminales terrestres, centros de atención en frontera para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o despacho de las mercancías y las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana. Adicionalmente, puede comprender recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres, predios o caminos habilitados o autorizados para las operaciones arriba mencionadas. Esto incluye a los almacenes y depósitos de mercancía que cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad vigente y hayan sido autorizados por la Administración Aduanera.

 

ZONA SECUNDARIA: Parte del territorio aduanero no comprendida como zona primaria o zona franca.

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